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EFE
Nahuel fue expulsado en el minuto 90 del encuentro por golpear con el brazo a un adversario en la cara, sin estar el balón en juego, según el acta arbitral, y el Comité de Competición le sancionó por violencia, en aplicación del artículo 130.2 del Código Disciplinario con dos partidos, de los que ya ha cumplido el primero contra el Valencia el pasado lunes.
El Atlético, que no envió alegaciones al Comité de Competición antes de que decidiera la sanción, presentó recurso, acompañado de vídeo, ante Apelación, en el que indica que los hechos fueron una acción aislada, sin el balón en juego; que existió una provocación anterior por parte del jugador rival y que la acción no derivó en lesión o daño físico.
El club pidió que se revocara la sanción y se aplicara en su defecto el artículo 130.2 en su grado mínimo, lo que conllevaría un partido de suspensión para el jugador.
El Comité de Apelación rechazó la petición del club por entender que no es posible apreciar un error material manifiesto que desvirtúe la presunción de veracidad del acta arbitral, ya que no existe prueba alguna en contra.
En este sentido señala que el Atlético no presentó alegaciones ante el Comité Competición que impuso la sanción al jugador y que el Código Disciplinario de la RFEF impide aportar en Apelación documentos o instrumentos de prueba disponibles para presentar en primera instancia.
